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Salud

Ejercer en varios sitios: una sola sede social, varios consultorios

6 min de lecturaRedactado por , expert-comptable

En resumen

Un domicilio social único convive sin dificultad con varios lugares de ejercicio. El domicilio fija la vinculación administrativa de la sociedad y el consejo departamental del Ordre competente respecto de ella, mientras que cada consultorio sigue sus propias reglas del Ordre. Para un médico, el ejercicio en uno o varios sitios distintos se rige desde 2019 por una declaración previa dirigida al consejo departamental, con al menos dos meses de antelación, disponiendo el Ordre de un derecho de oposición; este régimen declarativo rige tanto si se ejerce a título individual como en SCP o en SEL. Para un auxiliar médico (enfermero, fisioterapeuta, podólogo, logopeda), un consultorio secundario se abre por declaración al Ordre; un sitio adicional más allá exige una autorización motivada por una insuficiencia de la oferta de asistencia en el sector. Todo cambio de dirección profesional se notifica al Ordre en los plazos que este fije. La domiciliación aporta el domicilio único de la sociedad; no sustituye nunca a las declaraciones de los lugares de ejercicio, que siguen debiendo efectuarse ante el Ordre.

Usted abre un segundo consultorio, reparte su semana entre dos municipios o se incorpora a un centro de salud conservando su lugar de ejercicio histórico. Surge entonces una pregunta: ¿hacen falta tantas sedes como consultorios? La respuesta es no. Su sociedad tiene un solo domicilio social, y esa sede convive sin dificultad con varios lugares de ejercicio. Conviene, eso sí, distinguir dos planos que no se confunden, el del domicilio social de la sociedad y el de sus lugares de atención.

El domicilio social de la sociedad y los lugares de ejercicio, dos planos distintos

El domicilio social es la dirección administrativa de la sociedad. Fija su vinculación administrativa y el consejo departamental del Ordre competente respecto de ella. Sus consultorios, en cambio, responden a otra lógica: estén donde estén, cada uno sigue sus propias reglas del Ordre. Dicho de otro modo, un domicilio único puede coexistir perfectamente con dos, tres consultorios o más, situados en municipios diferentes.

Este domicilio no tiene por qué ser uno de sus consultorios. Puede ser una dirección dedicada, estable y legible tanto en sus documentos como en el registro, distinta de todos sus lugares de atención. Es la primera ventaja de una organización clara: el domicilio permanece fijo y sirve de punto de vinculación de la sociedad, mientras que sus lugares de ejercicio pueden evolucionar con el tiempo. Abrir un nuevo consultorio, cerrar uno o trasladarlo no pone en cuestión el domicilio, que permanece invariable. Queda por saber cómo declarar estos lugares, y en este punto las reglas difieren según su profesión.

Médicos: una declaración previa, dos meses antes

El médico ejerce en virtud de una residencia profesional habitual. Desde 2019, el ejercicio en uno o varios sitios distintos se rige por un régimen declarativo: usted dirige una declaración previa al consejo departamental, con al menos dos meses de antelación, y el Ordre dispone de un derecho de oposición durante ese plazo. El antiguo criterio de insuficiencia de la oferta de asistencia, que antes condicionaba el ejercicio en varios sitios, ha desaparecido para la declaración de principio.

Este marco no depende de la forma bajo la cual usted ejerce: rige tanto si ejerce a título individual, en el seno de una SCP o de una SEL. La elección de un domicilio único para su sociedad no tiene, por tanto, efecto alguno sobre estas declaraciones. Siguen vinculadas a cada uno de sus sitios de ejercicio, y no a la dirección administrativa de la sociedad. El domicilio regula la vinculación de la estructura; la declaración de los sitios sigue siendo un acto ante el Ordre en sí mismo.

Auxiliares médicos: consultorio principal y consultorio secundario

Los auxiliares médicos, ya se trate de enfermeros, fisioterapeutas, podólogos o logopedas, razonan a partir de un consultorio principal. Junto a ese consultorio principal, usted puede abrir un consultorio secundario por declaración al Ordre. El trámite es, pues, sencillo para este primer lugar adicional.

La lógica cambia más allá. Un sitio adicional, además del consultorio principal y del consultorio secundario, exige una autorización motivada por una insuficiencia de la oferta de asistencia en el sector de que se trate. La regla es gradual: declaración para el consultorio secundario, autorización motivada para ir más lejos. También aquí, esta gradación es independiente del domicilio de su sociedad: se aprecia lugar por lugar, atendiendo a las necesidades de asistencia del territorio.

Cambiar de dirección: avisar al Ordre

Ya traslade el domicilio de su sociedad, ya cambie de sitio un consultorio o cierre uno, un principio permanece constante: todo cambio de dirección profesional debe notificarse al Ordre, en los plazos que este fije. Esta obligación de información acompaña a cada uno de sus lugares de ejercicio, con independencia de la vida administrativa de la sociedad. Es, por tanto, prudente tramitar, en paralelo, las formalidades ligadas al domicilio y las ligadas a sus consultorios, para no dejar ninguna dirección desconocida para el Ordre.

¿Dónde se sitúa la domiciliación?

Domiciliar su sociedad es dotarla de una dirección de domicilio estable, única y distinta de sus consultorios. La ventaja es clara cuando usted ejerce en varios sitios: el domicilio permanece fijo, idéntico en todos sus documentos, aun cuando sus lugares de atención se desplacen o se multipliquen. Evita así revisar la dirección de la sociedad cada vez que su organización evoluciona. Es el objeto de una domiciliación para profesionales sanitarios.

Un límite debe quedar claro. La domiciliación aporta el domicilio social de la sociedad, nada más. No sustituye nunca a las declaraciones de sus lugares de ejercicio, que siguen debiendo efectuarse ante el Ordre según las reglas propias de su profesión. Dirección administrativa por un lado, lugares de atención por otro: ambos se complementan, no se sustituyen. Un domicilio bien llevado simplifica la gestión de la sociedad; no le exime de ninguna formalidad ante el Ordre.

Lo que conviene recordar

  • Su sociedad tiene un solo domicilio social, que convive sin dificultad con varios consultorios, situados si es preciso en municipios diferentes.
  • El domicilio fija la vinculación administrativa de la sociedad y el consejo departamental del Ordre competente respecto de ella; cada consultorio sigue sus propias reglas del Ordre.
  • Médicos: el ejercicio en uno o varios sitios distintos se rige, desde 2019, por una declaración previa al consejo departamental, con al menos dos meses de antelación, con derecho de oposición del Ordre; el antiguo criterio de insuficiencia de la oferta de asistencia ha desaparecido para la declaración de principio.
  • Médicos: este régimen es el mismo a título individual, en SCP o en SEL.
  • Auxiliares médicos: un consultorio secundario se abre por declaración al Ordre; un sitio adicional más allá exige una autorización motivada por una insuficiencia de la oferta de asistencia.
  • Todo cambio de dirección profesional se notifica al Ordre en los plazos que este fije.
  • La domiciliación aporta el domicilio único de la sociedad; no sustituye a las declaraciones de los lugares de ejercicio.

Preguntas frecuentes

¿Puedo tener un solo domicilio social para varios consultorios?
Sí. Su sociedad tiene un solo domicilio social, que convive sin dificultad con varios lugares de ejercicio. El domicilio fija la vinculación administrativa de la sociedad y el consejo departamental del Ordre competente respecto de ella, mientras que cada consultorio sigue sus propias reglas del Ordre.
Como médico, ¿cómo declaro un ejercicio en varios sitios?
Desde 2019, el ejercicio en uno o varios sitios distintos se rige por una declaración previa dirigida al consejo departamental, con al menos dos meses de antelación, disponiendo el Ordre de un derecho de oposición durante ese plazo. El antiguo criterio de insuficiencia de la oferta de asistencia ha desaparecido para esta declaración de principio.
Como auxiliar médico, ¿puedo abrir un consultorio secundario?
Sí, por declaración al Ordre a partir de su consultorio principal. En cambio, un sitio adicional más allá de este consultorio secundario exige una autorización motivada por una insuficiencia de la oferta de asistencia en el sector de que se trate.
¿La forma de mi sociedad (SCP, SEL) cambia estas reglas?
Para los médicos, el régimen de declaración de los sitios distintos es el mismo tanto si se ejerce a título individual como en SCP o en SEL. La elección de un domicilio único para la sociedad no modifica las obligaciones ligadas a cada uno de sus lugares de ejercicio.
¿La domiciliación sustituye a las declaraciones ante el Ordre?
No. La domiciliación aporta el domicilio único de la sociedad. No sustituye nunca a las declaraciones de sus lugares de ejercicio, que siguen debiendo efectuarse ante el Ordre. Además, todo cambio de dirección profesional debe notificársele en los plazos que este fije.

Fuentes a 20 de septiembre de 2026: código de salud pública francés (ejercicio en sitios distintos, régimen declarativo desde 2019); reglas del Ordre de los auxiliares médicos. Domisiège, domiciliación de empresas en Tours, respaldada por el despacho Épiphyse Conseil. Este artículo ofrece orientaciones generales y no sustituye el examen de su situación.

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